Requisitos generales para asegurar un patrimonio arrendado
Un arrendamiento es un acuerdo escrito u oral por el cual el propietario del terreno, denominado arrendador o arrendador, transfiere a otra parte, denominado arrendador o arrendatario, el derecho a la posesión y uso exclusivos de los bienes raíces durante un período de tiempo definido. El arrendatario paga al arrendador el alquiler por un monto designado durante ese período de tiempo designado. Durante el plazo del arrendamiento, el arrendatario tiene ocupación y uso exclusivos de la propiedad. Para crear un arrendamiento válido, el arrendador siempre debe conservar un derecho de reversión para volver a tomar posesión de la propiedad después de que el plazo haya vencido.
Aunque los requisitos pueden variar ligeramente de una jurisdicción a otra, nuestros requisitos generales para asegurar un patrimonio de arrendamiento incluyen:
- El Arrendador debe ser el propietario de la sucesión de honorarios al inicio del arrendamiento.
- El arrendamiento debe contener una fecha exacta de inicio.
- El arrendamiento debe contener una fecha de terminación.
- El arrendamiento debe contener una descripción legal válida.
- El arrendamiento debe realizarse con fines legales.
- El arrendamiento debe contener suficiente texto para crear el patrimonio de arrendamiento (es decir, arrendar, desestimar, alquilar o alquilar).
- El arrendamiento debe estar firmado tanto por el arrendador como por el arrendatario.
- El arrendamiento debe contener texto de consideración, es decir, tiempo y forma de pago.
- Se debe revisar una copia completa del arrendamiento, junto con cualquier modificación, para confirmar que contiene los elementos establecidos anteriormente, que la transacción actual está permitida en virtud de los términos del arrendamiento, y para recoger cualquier interés o gravamen al que se haga referencia en el arrendamiento que no sea de registro público al que deba exceptuarse.
- Se debe registrar el arrendamiento, o un memorando de arrendamiento que contenga los términos esenciales del arrendamiento (es decir, las partes, la identificación de la propiedad objeto, la duración del arrendamiento y el texto para transmitir el patrimonio de arrendamiento).
- El patrimonio de honorarios debe ser inspeccionado hasta el momento en que se creó el arrendamiento conforme a los criterios de búsqueda normales para el estado en particular en el que se encuentra la propiedad, agregando cualquier excepción que tenga prioridad sobre el arrendamiento. Desde el momento en que se creó el arrendamiento, se debe buscar el patrimonio arrendado para confirmar si hay alguna modificación en el arrendamiento, rescisión del arrendamiento o fusión de la tarifa y el patrimonio arrendado que podría dar lugar a la rescisión del arrendamiento. El patrimonio de honorarios también debe buscarse después del arrendamiento para buscar específicamente gravámenes mecánicos, procedimientos de infracción del código de construcción, procedimientos de demolición, procedimientos de condena, impuestos/evaluaciones especiales y cualquier asunto que pueda tener prioridad sobre el arrendamiento en función de la cláusula de subordinación en el arrendamiento.
- Se debe registrar la sentencia y otros índices de gravámenes contra el arrendador y arrendatario, agregando como excepciones cualquier gravamen que tenga prioridad sobre el arrendamiento en virtud de la ley estatal.
- La hipoteca que transmite el patrimonio arrendado debe registrarse, si corresponde.
- Se debe registrar la cesión del arrendamiento o subarrendamiento, si procede.
- El arrendamiento debe confirmar que la concesión de una hipoteca en el patrimonio de arrendamiento o la cesión del arrendamiento o subarrendamiento, si corresponde, está permitida por la ley estatal.
- El arrendamiento debe añadir como excepción los términos y disposiciones del arrendamiento.
- El arrendamiento debe añadir como excepción los términos y disposiciones de cualquier cesión o subarrendamiento, si procede.
Además, si el patrimonio arrendado que se va a asegurar es una hipoteca arrendada o una cesión del arrendamiento o un subarrendamiento, se debe obtener un impedimento legal del arrendador para verificar que:
- La transmisión por parte del arrendatario de una hipoteca en el patrimonio arrendado no infringe los términos del arrendamiento (para hipotecas arrendadas)
- La cesión o subarrendamiento está permitido en virtud de los términos del arrendamiento (cuando existe una cesión o subarrendamiento)
- El arrendamiento está actualmente en existencia, no se ha modificado y no contiene valores predeterminados actuales
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